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ASPROT, ve irregularidades en la modificación del reglamento taurino de Aragón realizado por el gobierno del socialista Lambàn

Por numerosos motivos, El Consejo Consultivo de la Comunidad de Aragón ha emitido dictamen desfavorable sobre la aprobación de los cuatro reglamentos

Como es conocido la administración autonómica del gobierno de Aragón viene desde el pasado año 2022 elaborando el procedimiento de modificaciones de reglamentos taurinos de espectáculos taurinos populares, reglamento de espectáculos taurinos, reglamento de plazas de toros portátiles y escuelas taurinas de Aragón.

Esta Asociación Sindical ASPROT se encuentra adherida al convenio nacional taurino extraestatutario y uno de los articulos que se modifican del decreto 223/2004 de 19 de octubre da exclusividad de los visados de contratos de trabajo entre los profesionales taurinos y las empresas que organizan los festejos, solo al convenio estatutario dándose como decimos que ante la concurrencia del convenio estatutario y extraestatutario que ambos están constituidos y aprobados legalmente contando cada uno de ellos con sus correspondientes comisiones de seguimiento legitimadas para expedir los visados de contratos.

Así se ha manifestado a los responsables del gobierno de Aragón los cuales han hecho caso omiso tanto de nuestras alegaciones a este respecto, y a numerosas resoluciones judiciales que declaran la improcedencia de los visados por un solo convenio y que la administración pública en general carece de competencias para tomar estas decisiones que además impiden la aplicación de cualquier otro convenio colectivo de trabajo del sector taurino en la comunidad de Aragón, es decir lo prohíben.

A ello es preciso añadir y esto es muy contundente que por numerosos motivos, El Consejo Consultivo de la Comunidad de Aragón ha emitido dictamen desfavorable sobre la aprobación de los cuatro reglamentos por vulnerar el proyecto de decreto de los reglamentos por las modificaciones múltiples, el derecho de audiencia a la ciudadanía que no se ha llevado a cabo correctamente omitiendo el mismo tanto a esta entidad como a otras y además por que el proyecto de reglamento vulnera el principio de seguridad jurídica. Es decir, de la ilegalidad manifiesta de la exclusividad de los visados y la prohibición de la aplicación de otros convenios y lo que es de extrema gravedad no respetar el dictamen desfavorable del Consejo Consultivo de la Comunidad de Aragón, han decidido aun así los responsables de la consejería de Presidencia aprobar los reglamentos próximamente en Consejo de Gobierno, por todo ello ASPROT se está planteando accionar legalmente contra las personas responsables de tal antijuricidad y atropello, es decir, tanto los cargos políticos responsables como otras personas que puedan encontrarse vinculadas a ello.

 

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La primera oreja

En el Reglamento taurino queda claro que la concesión de la primera oreja, de un toro o novillo, “se realizará por el/la presidente del espectáculo, a petición mayoritaria del público mediante la exhibición de pañuelos blancos o elementos similares“, sin embargo en la realidad las cosas resultan algo más complejas.

Viene esto a colación porque, con frecuencia, vemos como el presidente es abroncado porque el público, o parte de él, entiende que no ha cumplido con el reglamento, negando una oreja, pero también a veces, aunque menos, puede recibir los pitos del respetable por conceder un trofeo que entiende no merecido.

Sin remontarnos mucho en la memoria el pasado 25 de Agosto, en la corrida de Bilbao, el presidente negó una oreja, de su segundo toro, al matador José Garrido, lo cual causó enfado importante de los que la pidieron.

Vi la corrida en TV y los comentaristas decían que la petición fue mayoritaria claramente, y por tanto el presidente se equivoco, opinión compartida por otros críticos de diferentes medios según he podido leer. A mí me pareció que no era mayoritaria (por número de pañuelos, aunque algunos la piden a gritos sin sacar pañuelo), lo que también piensa Iñigo Crespo y  dice en su crónica de Aplausos.

Vemos pues que la cosa no es tan fácil, puesto que valorar si la petición es o no mayoritaria resulta  algo subjetivo, y por tanto sometido a valoraciones diversas, influidas por  múltiples factores que están en la conciencia, o incluso en el subconsciente, de quien solicita el trofeo y de quien debe sacar el pañuelo.

Tales factores pueden ser, entre otros, gusto de cada cual, posible relación con el torero, conocimientos taurinos, conjunto de la actuación, emotividad del momento, etc. Pero, en definitiva, podemos resumir diciendo que el aficionado, o persona, que compra una entrada tiene libertad para manifestarse, dentro de un orden, en un sentido u otro. Naturalmente también el presidente tiene libertad para actuar según su saber y entender, pero a éste hay que exigirle unos conocimientos en materia taurina de notables para arriba, y desde luego debe conocer perfectamente el reglamento y cumplirlo, aunque  siempre existirá el factor humano.

A nuestro entender, y teniendo en cuenta todos, o casi todos, los posibles factores que pueden influir en el público y en el presidente, aunque el reglamente diga que la primera oreja es potestad del público, la realidad es que, salvo contadas ocasiones, al final decide el presidente, pues siempre puede argumentar que para él la petición  fue o no mayoritaria, y como no es  posible contar los pañuelos, prevalecerá su opinión, aun  a riesgo de llevarse una monumental bronca, que en ocasiones es su forma  de hacerse notar, de ser protagonista.

Pero volviendo al festejo de Bilbao, con oreja o sin oreja en ese toro, José Garrido estuvo inmenso; dio una gran dimensión como torero poderoso, capaz, preparado para grandes empresas.

Rafael Comino Delgado

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