Primera victoria judicial ante un mensaje en redes sociales de un usuario identificado por la Policía

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Primera victoria judicial ante un mensaje en redes sociales de un usuario identificado por la Policía

Rocío Cortizo, demandada por la familia de Víctor Barrio a través de la Fundación del Toro de Lidia (FTL) tras la identificación de la Unidad de Investigación de Delitos Tecnológicos, se retracta públicamente e indemniza a la familia de Víctor Barrio “por los daños ocasionados”.

La FTL demuestra, de este modo, que el supuesto anonimato en las redes sociales no impide la denuncia, identificación y posterior acción judicial contra mensajes constitutivos de delito.

Madrid, 18 de enero de 2018

La Fundación del Toro de Lidia ha logrado la primera victoria judicial tras demandar los mensajes de una usuaria identificada por la Unidad de Investigación de Delitos Tecnológicos de la Policía Nacional, demostrando así que no cabe el anonimato y el refugio en las redes para su denuncia y castigo.

Tras el fallecimiento de Víctor Barrio, la FTL puso a disposición de la Policía todos los mensajes que podían ser constitutivos de delito y que requerían su implicación y trabajo para ser localizados. Uno de estos mensajes fue el de Rocío Cortizo. Tras su identificación, en representación de la familia de Víctor Barrio, la FTL inició un procedimiento judicial que fue admitido a trámite.

Dadas las evidentes pruebas de que iba a ser estimatoria la demanda presentada, se ha alcanzado un acuerdo homologado judicialmente entre las partes. En este sentido, Rocío Cortizo ha aceptado todos los pedimentos solicitados por la FTL para conseguir evitar el juicio.

Como consecuencia, la demandada ha publicado un mensaje de retractación en el que considera que su publicación en redes tras el fallecimiento de Víctor Barrio “supone un grave atentado al honor de todos los toreros y, especialmente, de Don Víctor Barrio”.

Por este motivo, Rocío Cortizo afirma que “corrijo públicamente este mensaje”, así como “me desdigo y lamento profundamente los daños que he podido ocasionar”.

“Me comprometo a indemnizar a la familia del torero fallecido como modo de reparación del daño ocasionado”, continúa el comunicado. En concreto, en el acuerdo, la demandada se compromete a abonar una importante indemnización económica en concepto de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.

Rocío Cortizo publicó en su red social: “yo soy una persona que apoyo la muerte de todos los toreros y aquellos que les defienden. Eso no son humanos, son basura. Por lo cual, exterminio. No sé ni cómo podéis lamentaros por unos asesinos en serie”.

El acuerdo alcanzado con Rocío Cortizo recalca la afirmación de la juez que dictaminó sentencia contra Datxu Peris: “las redes sociales no pueden ser un subterfugio donde todo cabe y todo vale desde la creencia errónea de estar amparado, oculto o protegido por un perfil social”.

Esta nueva victoria de la FTL demuestra así que el supuesto anonimato en las redes sociales no impide la denuncia, identificación y posterior acción judicial contra mensajes que sean injuriosos, calumniosos o de cualquier otra naturaleza.

Mensaje de retractación que la demandada debe publicar en su perfil de la red social Facebook: “Yo, Doña Rocío Cortizo Pires, por medio del presente comunicado vengo a realizar expresa y pública rectificación del mensaje publicado con fecha 13 de julio de 2016 en la red social Facebook donde manifesté “Pues yo soy una que apoyo la muerte de todos los toreros y aquellos que los defienden…eso no son humanos son basura…por lo cual exterminio. A quién le guste bien y a quien no tmb yo de hipócrita no tengo ni el blanco de los ojos y de inhumana menos ya que esos no son humanos…no se ni como podéis lamentaros por unos asesinos en serie.” Pues bien, es evidente que tal manifestación supone un grave atentado al honor de todos los toreros y, especialmente, de Don Víctor Barrio Hernanz, motivo por el cual corrijo y lamento públicamente este mensaje. Manifestando mi pesar y solicitando el perdón por haber causado con ello un agravio directo al honor y labor profesional, tanto de la persona, como a la familia de Don Víctor Barrio Hernanz. Siendo que tales expresiones no fueron afortunadas y no debieron utilizarse, me desdigo de las mismas y lamento profundamente los daños que he podido ocasionar. Así las cosas, y por la intromisión ilegítima en el derecho al honor de Don Víctor Barrio y de su familia, me comprometo a indemnizar a la familia del torero fallecido como modo de reparación del daño ocasionado.”

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