El diestro aragonés Imanol Sánchez fue uno de los muchos toreros afectados por la pandemia y uno de los muchos profesionales taurinos a los que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) denegó ayudas por su paro profesional bajo lo que el propio torero calificó de “decisión arbitraria y discriminatoria de Yolanda Díaz para acabar con la industria taurina dado que la propia denegación emitida por el SEPE hacía alusión a su condición de torero para llevar a delante la misma bajo indicación directa de la Vicepresidenta del Gobierno Yolanda Díaz”.
Así pues el torero zaragozano se puso en mano de su equipo jurídico para presentar alegaciones jurídicas contra el SEPE ante las vulneraciones de derechos del torero.
El pasado 9 de septiembre de 2021, el Juzgado de lo Social dictó sentencia favorable de Imanol Sánchez frente al Servicio Público de Empleo Estatal.
El torero, que interpuso demanda ante el estamento público, como hemos citado anteriormente, ante la negativa del mismo en la aprobación de la prestación especial para artistas basada en la crisis del COVID19, consiguió una sentencia aprobatoria de su demanda, al amparo de las medidas establecidas en el RDL 7/2020 de 5 de mayo.
Previamente, el SEPE había denegado dicha prestación tanto en la solicitud inicial, como en la posterior reclamación previa, momento en el que Sánchez, asesorado en todo momento por su equipo jurídico, formado por José Antonio Visús, socio director de Ilex Abogados y Alberto Joven CEO de Seico Consultores, decidió demandar a la Administración ante lo que era un claro ejemplo de injusticia social.
La denegación de la prestación, textual por parte del SEPE, por estar incluido en el Régimen General de la Seguridad como Profesional Taurino, vulnera no solo la propia norma, sino que además supone vulnerar los artículos 14 y 41 de la Constitución Española.
Con todos los hechos probados, documentados, presentados en la demanda y defendidos en Sala, el juzgado de lo social estimó la demanda de Imanol Sánchez frente al SEPE, declarando al demandante el derecho a percibir la prestación económica de desempleo para artistas de espectáculos públicos, condenando al demandado al abono de la prestación correspondiente.
“Estamos muy satisfechos por esta sentencia, no se trata de la cuantía económica sino de luchar por la justicia, en este caso la de no discriminar a una persona por su profesión” declara conjuntamente el torero.